martes, 8 de noviembre de 2011

CONCLUCIONES

La conclusión que damos a este tema es que la decisión de matar a un ser humano, de cortar las alas a un ángel que no tiene la culpa de haber llegado al mundo, está en nuestras manos.
Nuestro propósito es llegar a la mente de las diferentes personas que visiten este blog y lean la información que se encuentra en él, que se concienticen que la vida que crece dentro de algunas mujeres siente y percibe lo que pasa a su alrededor, aunque este dentro de su mamá, mucho más aún si por cualquier otro método intentan sacarlo de allí.
Es muy penoso ver que chicas de nuestra edad pasan por estas circunstancias y no existe persona alguna que las guíen por un buen camino y la haga recapacitar del daño que cometen tanto a la criatura como a ellas mismas.
Esperamos que esta información sirva de mucho a la comunidad, y vean hacia otro futuro y no sigan cometiendo errores y si los comenten pues a levantarse porque bien se sabe que errar es de humanos.

LA TECNOLOGÍA MEDICA DESCUBRE EL DOLOR DEL FETO

La tecnología moderna ha enriquecido la ciencia de la fetología con unos instrumentos de investigación maravillosos: la fibra óptica, el ultrasonido, los EKG fetales (Electrocardiogramas), los EEG fetales (Electroencefalogramas) y otras sofisticadas herramientas de investigación, todas las cuales hacen posible observaciones muy exactas y claras del medio y el comportamiento del feto. Como una vez lo explicó un científico: "Hoy tenemos una ventana al vientre materno".
¿Cuáles son los resultados de poder mirar por esta ventana al vientre materno?
Sólo señalaremos algunos ejemplos:
1 Antes de finalizar el segundo mes, hay una clara respuesta del feto a los estímulos. Para ese entonces el electroencefalograma revela que el cerebro del niño por nacer está funcionando.
2. Entre la octava y la décima semana, ya se puede detectar actividad del tálamo (sitio donde está el cerebro, centro del dolor). Los nociceptores (nervios sensoriales para la recepción del dolor) están en la piel antes de la novena semana de gestación.
3. Para el día 77 de vida en el vientre materno, el niño ya puede tragar (tragando a una velocidad que varía según el nivel de dulce de la inyección).
El Dr. Thomas Verny, autor del libro The Secret Life of the Unborn Child ("La vida secreta del niño no nacido"), afirma que durante la mitad del embarazo (hacia la mitad del quinto mes), si se coloca una luz muy luminosa sobre el abdomen de la madre, el resplandor inducirá al niño o niña a mover sus manos para protegerse los ojos. La música a alto volumen estimulará una respuesta similar de las manos hacia las orejas. Se ha registrado el movimiento rápido de los ojos con el que los investigadores miden los estados de alerta desde la décimo novena semana de gestación. Inclusive, las sensaciones desagradables leves no son bien toleradas. El pequeño valiente responde con movimientos defensivos asombrosos.
Si este ser exquisitamente sensible es atacado por el aborto, es evidente que sentirá dolor, un dolor horrible.

lunes, 24 de octubre de 2011

ABORTO Y DERECHOS HUMANOS

Aborto y derechos humanos

 

 Desde el punto de vista de los derechos humanos, existen varios enfoques ético-filosóficos opuestos:

  • el que defiende el derecho a interrumpir el proceso vital del cigoto, del embrión o del feto en cualquier punto de ese proceso. Desde este punto de vista, se otorga a la mujer embarazada del derecho a interrumpir la gestación y por tanto a la elección de la maternidad, el cual prima sobre cualquier otro que se quiera otorgar a la gestación.
  • el que defiende el derecho a interrumpir el proceso vital sólo hasta cierto desarrollo del mismo. Este punto de vista se apoya en una visión de "desarrollo por fases" del sujeto gestado. En este punto de vista no se observan derechos para el cigoto o el embrión, pero sí para el feto a partir de determinado punto de desarrollo que puede ser variable. Además, el derecho a la interrupción del embarazo de la embarazada se puede ampliar dependiendo de circunstancias adicionales, como la malformación del feto, violación o peligro para la vida de la madre.
  • el que defiende la no interrupción del proceso del cigoto, del embrión o del feto, sin importar su punto de desarrollo. Este punto de vista se basa en la defensa de ese proceso vital al dar la consideración de "vida humana" a la su propia existencia. Bajo este punto de vista, la mujer embarazada no tiene derecho a terminar con la gestación interrumpiendo el proceso de embarazo en cualquier fase de desarrollo.
Los partidarios de la despenalización total 

sostienen una interpretación de los derechos humanos en donde prohibirlo atentaría contra los derechos fundamentales de las mujeres y contra los principios de justicia social. Además, se argumenta que la prohibición ocasiona que las mujeres puedan morir víctimas de un aborto clandestino mal realizado, en especial las que tienen menores recursos económicos o pertenecen a los sectores socioeconómicos más vulnerables.
Los opositores al aborto 

Sostienen una interpretación de los derechos humanos en donde legalizarlo atentaría contra el derecho a la vida del nasciturus, que debería de primar sobre el derecho de elección de la madre. Por tanto, legalizar el aborto atentaría contra el derecho fundamental de todo ser humano al que se afirma como existente desde la misma fecundación del óvulo, y así contra los principios de justicia social. En esta interpretación se antepone al derecho de elección de la madre el derecho a la vida de un ser humano ya existente y que no tiene posibilidades de defensa.

Los partidarios de una graduación en la despenalización 

Intentan conseguir diversos grados de conciliación entre el derecho de la madre y el derecho fundamental a la vida. Normalmente se intentan apoyar en argumentos científicos sobre el desarrollo humano para poder señalar unos límites legales en la interrupción del proceso del embarazo.
En el último tiempo, algunos organismos de protección de derechos humanos han abogado por la despenalización del aborto al considerar que su prohibición viola los derechos humanos de las mujeres. Entre otros, se encuentran la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Corte Europea de Derechos Humanos, Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas (CDHNU), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y Amnistía Internacional (AI).
El sistema anglosajón, el sistema europeo-continental y el sistema internacional de protección de los derechos humanos, consideran que se violan los derechos fundamentales de las mujeres cuando se prohíbe de forma absoluta el aborto. El primer sistema desarrolla los derechos fundamentales de la mujer desde la perspectiva de su derecho a la intimidad y en relación con la idea de ‘viabilidad’. El modelo continental, a su vez, vincula el aborto con el derecho general a la libertad de la mujer, sea que se le especifique como libertad reproductiva o como un derecho a la autodeterminación. Finalmente, importantes ONGs internacionales, como Amnistía Internacional, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Comité de Derecho Humanos de las Naciones Unidas y la Organización Mundial de la Salud, relacionan el problema del aborto con la violación del derecho de las mujeres a no ser sometidas a tratos crueles, inhumanos o degradantes, es decir, con la prohibición general de la tortura.

ASPECTOS RELIGIOSOS DEL ABORTO

Cristianismo

En el antiguo testamento no se menciona el aborto voluntario, aunque el aborto causado debido a luchas externas aparece penalizado. La ley hitita era similar en este punto. Las leyes asirias sin embargo, penalizaban incluso el inducido, quizás porque el Estado necesitaba guerreros para su ejército. Bajo la influencia griega, la versión Septuaginta del Éxodo 21:22 hizo una distinción entre un feto no formado o formado, estando el último tratado como una persona independiente.[ Esta distinción entre un estado temprano y tardío del feto era bastante común en el mundo antiguo, y fue defendida por Aristóteles al distinguir entre almas y sub-almas humanas. Así, el tiempo de la entrada de un alma humana era comentado por Aristóteles a los 40 días después de la concepción para un varón y 90 para una hembra. Muchos teólogos católicos aceptarán luego esa herencia aristotélica de diferente manera; entre ellos Tertuliano, Orígenes, Agustín y Tomás de Aquino.
Catolicismo
La Iglesia Católica se opone al aborto desde los primeros siglos del cristianismo hasta nuestros días. Considera al ser humano vivo desde el momento de la concepción. Así se afirma, por ejemplo, en la encíclica Humanae vitae de Pablo VI.
  • "las amenazas a la vida se producen en la relación entre padres e hijos, como sucede con el aborto"
  • "Además, el panorama actual resulta aún más desconcertante debido a las propuestas, hechas en varios lugares, de legitimar, en la misma línea del derecho al aborto, incluso el infanticidio, retornando así a una época de barbarie que se creía superada para siempre."
  • « Mi embrión tus ojos lo veían » (Sal 139 138, 16): el delito abominable del aborto
  • Entre todos los delitos que el hombre puede cometer contra la vida, el aborto procurado presenta características que lo hacen particularmente grave e ignominioso. El Concilio Vaticano II lo define, junto con el infanticidio, como « crímenes nefandos ».

Judaísmo

La tradición judía es proclive a la santidad del feto, y no permite el aborto a solicitud. Sin embargo, permite el aborto bajo determinadas circunstancias, porque no considera al feto como persona autónoma. La Mishná (Ohalot 7:6) indica explícitamente la admisibilidad del aborto si la continuidad del embarazo pudiera poner en peligro la vida de la madre.
El judaísmo ortodoxo no admite otra causa que el peligro para la vida materna, en tanto el judaísmo conservador considera también la posibilidad de graves daños a la salud física o mental, o cuando el feto es inviable o padece graves defectos, según opinión médica experta

Islam

El derecho islámico (sharia) parte de consideraciones similares a las del derecho canónico cristiano. Aunque ni el Corán ni la Sunna tratan el tema, se atribuye importancia al conocimiento médico que aporta el jurista versado en medicina, como Averroes, o el médico conocedor de la ley islámica, como Avicena. Según éstos, el feto adquiere la condición legal de persona cuando recibe de Dios su alma personal, momento para cuya identificación se confía también en la ciencia del médico y no sólo en la revelación. De acuerdo con la tradición oral, el momento de la infusión del alma es a los 120 días o cuatro meses.

Budismo

El budismo no contempla la existencia de un alma insuflada o creada por una divinidad, por lo que su doctrina no establece un tiempo concreto que aconseje o no el aborto. No obstante, la doctrina budista sí que observa una evolución del desarrollo embrionario y sus capacidades, por lo que observa una graduación[87] en la gravedad moral en el acto de abortar en función de la evolución de la consciencia en el no-nacido. De manera general el budismo no condena con excesiva gravedad el aborto aunque señala las posibles graves consecuencias para la estabilidad emocional de la madre. En la práctica algunas comunidades budistas como la japonesa celebran ceremonias rituales (Mizuko kuyo) de reparación emocional para aquellas mujeres que han experimentado un aborto y así lo solicitan.

Hinduismo

El hinduismo considera el aborto desde sus textos de una manera quizás más radical que otras religiones, al considerar que el alma humana está presente desde la misma concepción sin un debate de peso. La noción religiosa de no-violencia hacia cualquier manifestación de la vida fue además subrayada en la era moderna por Gandhi, el padre de la moderna nación india. Al lado de esto, muchos textos religiosos como el Svetasvatara Upanishad afirman que el dios creador (Bhrama) pone sus semillas para la vida, y por lo tanto el aborto se considera un mal acto y un mal karma. Los textos religiosos hinduistas además animan a tener descendencia. Las creencias del mundo hinduista son variadas pero derivando casi todas ellas de sus antiguos textos sagrados, los Vedas. El mundo hinduista sacraliza la vida y sus manifestaciones.